El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos personales (INAI) alertó, con la campaña “Pensar antes de sextear”, que esta práctica podría conducir a una pena de 7 a 12 años de prisión para los calenturientos que no puedan aguantar las ganas de mandar/recibir recaditos cochinones.
De acuerdo con el INAI, el sexting puede conducir a cometer el delito de pornografía infantil, que está tipificado en el Código Penal Federal; mismo que podría ser sancionado con una multa de 800 a 2 mil salarios mínimos.
¡Pero todavía no se pongan frenéticos! Esta pena sólo aplicaría para quienes posean fotos o videos de personas menores de 18 años (o tal vez sí pónganse nerviosos).
El artículo 202 del código señala que comete delito quien “procure, obligue, facilite o induzca —por cualquier medio— a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales (…) con el objeto de exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónico o sucedáneos”.
*SOPITAS