¿QUE HACER SINO ME PAGANA AGUINALDO?

Con las venideras   fechas   navideñas    se viene también uno de los incentivos favoritos de los trabajadores: el   aguinaldo. Pese a que dicha prestación llena de alegría a más de uno, en ocasiones algunos patrones se “quieren pasar de listos” y violan la ley con tal de evitar el pago oportuno.

De acuerdo con la   Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en ningún caso los patrones podrán argumentar dificultades económicas o falta de liquidez para pagar los aguinaldos. Asimismo, el pago jamás podrá ser en especie y se deberá de ser en efectivo.

En algunos casos, el aguinaldo se deposita vía bancaria; este depósito se deberá acordar con los trabajadores y los costos de transferencia deberán ser absorbidos en su totalidad por los patrones.

La ley estipula que   antes del 20 de diciembre se deberá de completar el pago de aguinaldo. En caso de que esto no fuera así, los trabajadores tendrán un año a partir de la fecha límite o depósito para interponer una queja ante la   Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

Quienes incumplan con lo anterior serán sancionados ante la ley con una multa que va de los 50 a los 50 mil salarios mínimos. Los trabajadores del Estado que tengan algún problema relacionado a esta prestación deberán dirigirse a la   Procuraduría de los Trabajadores al Servicio del Estado.

¿Qué hacer si no me pagan el aguinaldo?

*ADN40

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